Senado aprueba en primera lectura ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa


El Senado de la República aprobó este miércoles en primera lectura el proyecto de ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el cual busca garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración Pública. 

 La pieza fue propuesta por presidente del Senado, Ricardo de los Santos Polanco, y tiene como objeto asegurar la conformidad con el ordenamiento jurídico del Estado de toda conducta, acto, actuación u omisión de la Administración Pública; y regular la organización y el funcionamiento de los órganos judiciales competentes en el ámbito de lo contencioso administrativo, así como el proceso contencioso administrativo consagrado en la Constitución dominicana. 

 El proyecto busca que las sentencias contra el Estado no queden el vacío, por lo que plantea una serie consecuencias para el funcionario titular de una entidad administrativa que incurra en desacato de una sentencia. 

 El artículo 84 considera como desacato todas las omisiones o actuaciones realizadas en contravención a lo dispuesto en una sentencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, así como los actos que se dicten o ejecuten con la finalidad de eludir el cumplimiento de lo dispuesto por el órgano jurisdiccional. Establece que la autoridad pública, órgano de la Administración Pública y el funcionario titular del mismo, que incurran en desacato, serán sancionados con el pago de una multa que va de 10 a 400 salarios mínimos del sector público. Además, el funcionario titular del órgano podrá ser sancionado a cumplir una pena privativa de libertad de seis meses a dos años de prisión. 

El gobierno formaliza la titulación de dos parques nacionales


El presidente Luis Abinader encabezó este jueves la entrega de seis títulos pertenecientes a dos parques nacionales, cuya titularidad no permanecía a nombre del Estado, sino de particulares. 

 La iniciativa que busca proteger el patrimonio natural dominicano dio inicio con el reconocimiento formal del Parque Nacional de Loma Novillero, ubicada en el municipio Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, y el Parque Nacional Montaña La Humeadora como propiedad del Estado, asignándole de esta manera seguridad jurídica. 

 “Hasta la fecha, todos los parques nacionales de la República Dominicana, con honrosas excepciones, no se encuentran en su titularidad a nombre del Estado dominicano; aún peor, su titularidad está en manos de terceros”, comentó el ministro de la Presidencia, José Ignacio Paliza. 

 Destacó el funcionario que Montaña La Humeadora funciona como una gran productora natural de agua, por lo que su protección garantiza la agricultura, el abastecimiento de agua potable para las comunidades, la conservación de los ecosistemas y la fortaleza del país ante el cambio climático. 

 Resaltó, además, que en esa zona de la Cordillera Central nacen más de 16 ríos y 71 arroyos. Por su parte, el Jefe de Estado señaló que cerca de 42 mil títulos han sido identificados en toda la geografía nacional propios del Estado y solo la reserva natural Bahía de las Águilas contaba con titulación, alcanzada por medio de una sentencia judicial. 

El TC pone límites a gobiernos locales para imponer multas de tránsito y arbitrios

Los ayuntamientos no pueden convertir su facultad para ordenar el tránsito y administrar los espacios públicos en una potestad para imponer multas, retener vehículos y exigir pagos para devolverlos, ni crear arbitrios sin contar con la competencia legal para hacerlo, estableció el Tribunal Constitucional (TC) en dos recientes sentencias. 

 En una decisión que puede tener especial interés para los conductores, el TC determinó que el Ayuntamiento de Moca no podía inmovilizar, remolcar y retener un vehículo por una infracción de estacionamiento y condicionar su devolución al pago de 3,000 pesos, porque esa actuación constituía una consecuencia materialmente sancionadora que el gobierno local no estaba habilitado legalmente para imponer en esos términos. 

 La decisión está contenida en la Sentencia TC/0785/26, aprobada el 12 de junio de 2026, en un proceso iniciado por Juan Carlos Mejía Vásquez contra el Ayuntamiento de Moca. 

 El conflicto se originó cuando personal municipal inmovilizó con un candado, remolcó y retuvo un Honda Pilot, y exigió al propietario el pago de 3,000 pesos para liberarlo. La actuación estaba sustentada en la Ordenanza 01-2025, que establecía tasas de 3,000 a 4,000 pesos por traslado de vehículos, 500 pesos por cada día de retención y 3,000 pesos por inmovilización mediante candado. 

Familia Mañón denuncia al Ministerio de Turismo por mantener terrenos ocupados pese a sentencia del TSA

La familia Mañón denunció que el Ministerio de Turismo se niega a entregar unos 41,000 metros cuadrados de terrenos que, según afirma, mantiene retenidos ilegalmente desde hace varios meses, en contraposición con lo dispuesto por una decisión judicial. 

 De acuerdo a los denunciantes, las autoridades de Turismo estarían incumpliendo lo ordenado en la sentencia núm. 0030-1643-2026, por lo que reclama que se haga efectiva la decisión de los tribunales y se restituyan los derechos que corresponden a sus propietarios. 

 Explicaron que se trata de terrenos titulados y de elevado valor económico, con un importante potencial para inversiones turísticas, razón por la cual consideran preocupante que su entrega continúe pendiente. Asimismo, denunciaron la existencia de intereses vinculados a la zona que, según su apreciación, estarían procurando beneficiarse de esos terrenos, situación que calificaron de preocupante y que, a su entender, debe ser investigada por las autoridades competentes. 

Jacinto Mañón recordó que, en un Estado de derecho, las instituciones públicas están obligadas a respetar las decisiones emanadas de los tribunales, conforme al principio de tutela judicial efectiva y al carácter vinculante de las decisiones judiciales.

Tribunal ordena fusión de expedientes en proceso penal por corrupción seguido contra Donald Guerrero y compartes

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Acogiendo la solicitud del Ministerio Público, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ordenó la fusión de expedientes en el proceso penal por corrupción administrativa que se sigue contra Donald Guerrero y compartes. 

 En su decisión el tribunal ordena la fusión del expediente presentado contra el exsenador Rafael Calderón y Natividad Martínez Capellán con el documento matriz de la acusación presentada contra Donald Guerrero y compartes para conocerlo en un solo proceso. 

 El Ministerio Público estuvo encabezado por el director general de Persecución, Wilson Camacho; la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, así como por los fiscales Miguel Collado, Rosa Ysabel, Miguel Crucey, Rosa Alba García, Jhensy Víctor y Melbin Romero.

 Durante la primera audiencia para conocer el fondo, que estaba programada para conocerse este miércoles, las juezas Arlin Ventura Jiménez (presidenta), Leticia Martínez y Evelyn Rodríguez, rechazaron la solicitud de reposición de plazos presentada por las barras de la defensa y fijaron la continuación del juicio para el próximo 2 de septiembre del año 2026, a las 9:00 de la mañana. 

El Estado pagará RD$2,693 millones por terrenos tras negligencia de abogados de Bienes Nacionales

El Estado dominicano deberá pagar 2,693.9 millones de pesos por 117,937.80 metros cuadrados de terrenos en el área de la avenida José Contreras, en el Distrito Nacional, luego de que una inactividad procesal de los abogados de la Dirección General de Bienes Nacionales (DGBN) provocara la perención del recurso de casación con el que buscaban impugnar la condena.

 El Tribunal Constitucional (TC) confirmó la decisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que declaró extinguido ese recurso. Los terrenos fueron declarados de utilidad pública en 1988 para facilitar la ampliación de la avenida José Contreras y los trabajos de embellecimiento de los farallones del Parque Mirador del Sur, así como para construir viviendas de interés social para las personas desplazadas por esas obras. 

Actualmente, en esa zona se encuentra el residencial José Contreras, levantado sobre parte del área que fue objeto del proceso de expropiación. Los sucesores de los antiguos propietarios reclamaron en 2018 el pago del justo precio por los terrenos, proceso que terminó con una sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que fijó el monto en 2,693,994,196.50 pesos. 

El Estado, sin embargo, sostuvo que esa suma estaba muy por encima de lo que realmente adeudaba. Bienes Nacionales alegó que en el año 2000 el Poder Ejecutivo había autorizado la adquisición de 117,935.69 metros cuadrados por 35,380,707 pesos, a razón de 300 pesos por metro cuadrado. Posteriormente, según la institución, se formalizó un acto de venta en el que se consignó un pago de 36 millones de pesos como compensación por los terrenos y se otorgó un recibo de descargo a favor del Estado. Bienes Nacionales sostuvo que, después de esos pagos, el balance pendiente era de 30,576,279.20 pesos, que actualizado mediante el índice de variación de precios certificado por el Banco Central ascendería a 120,244,275.58 pesos.

Tribunal cancela la concesión minera a Falcondo por incumplimientos


El Tribunal Superior Administrativo (TSA) puso fin a casi siete décadas de concesión minera de Falconbridge Dominicana (Falcondo), al determinar que la empresa incumplió obligaciones esenciales mientras la explotación de los yacimientos de Quisqueya I permanecía paralizada desde noviembre de 2023. 

 La Segunda Sala del TSA acogió la acción presentada por el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper), en representación del Estado dominicano, y ordenó la terminación de los contratos de concesión suscritos hace casi 70 años, en 1956 y 1969, correspondientes a Quisqueya I, una extensión de 22,392 hectáreas entre La Vega y Monseñor Nouel. 

 La sentencia núm. 0030-03-2026-SSEN-00332, emitida el 12 de agosto de 2026, consideró acreditados incumplimientos relacionados con la explotación de los recursos mineros, obligaciones económicas y laborales y la entrega de información técnica requerida por la legislación. Según una nota de prensa, uno de los elementos determinantes fue que las operaciones productivas de Quisqueya estaban detenidas desde el 17 de noviembre de 2023, conforme a una certificación de la Dirección General de Minería. A esto se sumó que Falcondo no había entregado los informes semestrales de progreso correspondientes a 2023, 2024 y 2025, ni los informes anuales de operaciones de 2023 y 2024.  Para el tribunal, esas faltas comprometían obligaciones directamente vinculadas con el propósito de la concesión: explotar efectivamente los recursos otorgados por el Estado y mantener informadas a las autoridades sobre el desarrollo de las operaciones. 

La sentencia que favoreció a Vidal Plast, la empresa acusada de provocar explosión mortal en San Cristóbal


A casi tres años de iniciado el juicio de fondo por la trágica explosión que costó la vida a más de 30 personas y dejó decenas de heridos en San Cristóbal, el tribunal de esta jurisdicción dictó ayer sentencia absolutoria a favor de la empresa Vidal Plast y sus ejecutivos. 

 En el dispositivo de su sentencia, leída ayer, la jueza Wilma Cuello descargó de toda responsabilidad penal y civil a los miembros de la familia Vidal, a quien el Ministerio Público acusó de “homicidio involuntario”. 

 La lectura íntegra de la sentencia será leìda el 9 de septiembre próximo, según infotmó Teobaldo Guzmán, abogado de la empresa. De su lado, el doctor Faxas explicó que las cinco partes querellantes originales que èl representa legalmente habían desistieron de la acción civil durante el juicio, por considerar que las pruebas presentadas por el Ministerio Público era supuestamente “inconsistentes” y no demostraban la responsabilidad de los acusados. 

 Informò que hora, las víctimas han dirigido sus acciones legales hacia instituciones del Estado, ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), por responsabilidad patrimonial. 

Tribunal ordena al alcalde de SDE entregar documentación de City Center a Informe TV

DIARIO ECO/SANTO DOMINGO ESTE, RD.- El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó al alcalde de Santo Domingo Este, Dio Astacio, entregar de manera inmediata al grupo de medios Informe TV documentación pública relacionada con el proyecto inmobiliario City Center, tras acoger una acción interpuesta por el medio y su propietario, Mauricio Carpio. 

 La decisión está contenida en la sentencia núm. 0030-03-2026-SSEN-00272, de fecha 16 de julio de 2026, mediante la cual el tribunal dispuso la entrega de documentos relacionados con el pago de los árbitros, los permisos de construcción del proyecto y el proceso de aprobación de City Center ante el Concejo de Regidores.

 De acuerdo con lo planteado por los demandantes, el proceso de aprobación ante el Concejo de Regidores “nunca fue realizado”. La documentación solicitada busca esclarecer los procedimientos administrativos y el manejo de recursos públicos vinculados al proyecto, según informó Informe TV tras conocerse la decisión judicial. 

 El medio consideró que el fallo reafirma el derecho ciudadano de acceso a la información pública y el deber de transparencia de las autoridades municipales. 

Asimismo, sostuvo que el alcalde Dio Astacio debe rendir cuentas sobre los procedimientos cuestionados en la demanda y llamó a que las explicaciones oficiales trasciendan las publicaciones en redes sociales.

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