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Plan Nacional de Ordenamiento Territorial (PNOT): en un momento crucial para RD

La creciente preocupación de la sociedad dominicana sobre el desorden territorial llevó al Gobierno dominicano a acelerar la decisión para el conocimiento, aprobación y promulgación de la Ley 368-22 sobre Ordenamiento Territorial, Uso de Suelos y Asentamientos Humanos. 

Un marco orientador que tenía más de una década de discusión en la sociedad dominicana y cuyo reglamento está en la fase final de revisión para su próxima promulgación. La Ley 368-22 orienta al diseño de un conjunto de instrumentos en diferentes escalas: nacional, regional y municipal. 

En la escala municipal ya el país dispone de un número importante de Planes Municipales de Ordenamiento Territorial (PMOT), unos concluidos y otros en proceso de formulación. El inventario registra un total de más 20 PMOT e Instrumentos de Delimitación de Suelos Urbanos, cuyos diseños técnicos son seguidos y acompañados cotidianamente por el Viceministerio de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPYD), con financiamientos del Gobierno y de la Cooperación Internacional. 

73 municipios y 205 distritos municipales no califican para Oficina de Planeamiento Urbano


73 municipios y 205 distritos municipales no califican para la instalación de Oficina de Planeamiento Urbano, encargada de gestionar y autorizar uso de suelo, debido a que estos territorios no alanzan una población superior a los 15 mil habitantes. 

 Solo 85 de 158 municipios (53.79%) y 29 de 234 distritos municipales (12.3%) califican para ordenar sus territorios y autorizar la vocación del uso del suelo. Así lo establece la Ley 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos, en el Párrafo I del Artículo 24, que dice: “Los gobiernos locales que cuenten con la capacidad productiva, económica y de recaudación en su demarcación con una población mayor a quince mil habitantes conforme al Censo Nacional de Población y Vivienda realizado en el año 2010, gestionan y autorizan el uso de suelo, a través de la Oficina de Planeamiento Urbano creada para tales fines, y en coordinación con el para el ordenamiento territorial”. 

El planeamiento urbano y el ordenamiento territorial son instrumentos del Gobierno para el desarrollo de la ciudad, uso de suelo y el asentamiento humano.

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