La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) revocó la sentencia que ordenaba al Estado dominicano pagar un justiprecio a numerosos particulares por terrenos supuestamente expropiados dentro del Parque Nacional Cotubanamá, en San Rafael del Yuma.
La decisión fue tomada por el tribunal presidido por el magistrado Antonio Sánchez Mejía e integrada por la jueza Úrsula Carrasco Márquez, y contó con el voto disidente de la magistrada María Guillermina Calderón Abreu.
El aspecto más relevante del fallo es que la TSA declaró inaplicable el régimen de plazos de un año previsto en el artículo 40 de la Ley 1494 para la interposición del recurso de revisión.
Esta excepción de inconstitucionalidad fue clave para que el recurso de revisión de la Dirección General de Bienes Nacionales (DGBN), cuya finalidad es defender y conservar un área protegida, pudiera prosperar.
Bienes Nacionales, respaldada por el Ministerio Público, argumentó que el artículo 16 de la Constitución declara las Áreas Protegidas como bienes patrimoniales de la Nación, inalienables, inembargables e imprescriptibles.
La Procuraduría General de la República, la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la Procuraduría General Administrativa actuaron en el proceso como interviniente forzoso.




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