La Constructora Norberto Odebrecht no ha tenido éxito en su reclamo de que la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) le habilite el registro de proveedor del Estado.
El Tribunal Constitucional declaró inadmisible una acción de amparo incoada por Odebrecht contra la DGCP, a raíz de la suspensión del registro en el 2017.
La empresa brasileña recurrió ante el TC una sentencia dictada en el 2018 por la primera sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que también desestimó el reclamo de la constructora.
El Constitucional precisó que el caso se originó con la solicitud realizada por la Procuraduría a la Dirección Contrataciones Públicas, el 12 de enero de 2017, a fin de que le imponga una medida cautelar a la Constructora Norberto Odebrecht S.A, consistente en la inhabilitación provisional del Registro de Proveedores del Estado, por existir en su contra una investigación penal abierta.