A pesar de la costumbre de décadas y de sus normas internas, el Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (Mived) tendrá que dejar de aplicar el derecho laboral común para regular la relación con sus colaboradores y comenzar a regirse por la Ley sobre Función Pública (41-08).
Este error significó un sacrificio importante de recursos públicos, debido a que el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) pagó derecho a cesantía a la mayor parte de sus empleados en el 2022 cuando se transformó en ministerio.
Una exempleada demandó a la entidad por el pago de prestaciones laborales en el 2016 y logró varias sentencias a su favor que ordenaron pagarle cerca de 4.5 millones de pesos producto de un cálculo hecho conforme al Código de Trabajo que incluyó la cesantía, preaviso, vacaciones, salario de Navidad, conquista laboral y una compensación por el atraso.
De aplicarse la Ley de Función Pública, la accionante recibiría un monto significativamente menor, porque la Ley de Función Pública establece un pago máximo de 18 salarios mensuales que, en su caso, sumarían 810,000 pesos.
La institución apeló el fallo del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional ante la Corte de Trabajo y luego la Suprema Corte de Justicia, pero perdió en ambas ocasiones.





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