EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El Ministerio de Administración Pública (MAP), juntamente con la Contraloría General de la República y la Dirección General de Contrataciones Públicas, emitieron una resolución que establece las directrices sobre los documentos a ser admitidos en formato de firma digital o electrónica cualificada en el proceso de registro de contratos por ante la Contraloría.
De acuerdo a lo estipulado en la resolución, la misma tiene por objeto establecer las directrices a seguir por todos los entes y órganos que conforman la Administración Pública bajo la dependencia del Poder Ejecutivo; las empresas públicas con participación Estatal mayoritaria, las de Alianzas Público-Privadas, los fideicomisos públicos y los gobiernos locales, con relación a los documentos a ser admitidos en formato de firma digital o electrónica cualificada en el proceso de registro de contratos por ante la Contraloría, detalla una nota de prensa.
La misma señala que la máxima autoridad de cada institución deberá enviar una comunicación dirigida al Contralor General de la República, indicando a partir de qué fecha la institución ha adoptado el uso de firma digital, la entidad emisora de los certificados cualificados de esa firma digital e indicando los nombres de los colaboradores que poseen capacidad de firmar digitalmente para los procesos de compras y contrataciones, los cargos que ocupan y cuáles documentos están autorizados a firmar.
“De igual forma, será responsabilidad de cada institución mantener actualizado en esta Contraloría, vía comunicación oficial de manera fehaciente y fidedigna, las personas que posean firma digital y que están autorizadas a firmar documentos bajo los preceptos de la Ley No.126-02 y sus reglamentos”, recoge el documento.