Los propietarios o arrendadores de viviendas, abogados y alguaciles que realicen o ejecuten desalojos sin las formalidades dispuestas en la Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios, en proceso de aprobación, serán sancionados con pena de tres a cinco años de prisión y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público.
El proyecto de Ley, de la autoría del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, ya fue aprobado en primera lectura, enviada a vistas públicas para el próximo jueves, empodera a los juzgados de paz para tratar en primera instancia los conflictos que se produzcan entre inquilinos y propietario, pero estos deben priorizar antes la conciliación entre las partes.
El presidente de la comisión especial que estudia el proyecto, diputado Amado Díaz, en su motivación al Pleno de la CD resaltó el que la normativa disponga la prohibición a abogados y propietarios ejecutar desalojos arbitrarios sin órdenes judiciales, práctica muy utilizada hasta el momento.
También establece sanciones para jueces displicentes en el caso de denegación de justicia, entre otras disposiciones, ya que RD lo que dispone es de un decreto emitido hace 66 años, por el dictador Rafael Leónida Trujillo.