El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso de amparo presentado en contra de la sentencia emitida por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) y acogió el pedimento del Ministerio Público, representado por el abogado del Estado, el cual le reconoce al Estado dominicano su titularidad como propietario de los terrenos de Bahía de las Águilas.
El tribunal rechazó el recurso de revisión constitucional mediante el cual buscaban la anulación de la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00515, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo y mediante el mismo fuera acogido un recurso interpuesto por presuntos agravios.
En sus conclusiones, el Tribunal Constitucional declarado inadmisible el recurso de revisión constitucional e indicó que no contenía argumentos claros y precisos que indicaran los agravios que en virtud del artículo 96, de la Ley No. 137-11, le había causado la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00515, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el 17 de noviembre de 2021.