La Junta Central Electoral (JCE) hizo una serie de precisiones a los dictámenes de la Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil (4-23) en un borrador de reglamento que ha sometido a la consideración de los partidos, instituciones gubernamentales y sociedad civil.
En la propuesta se reitera la prohibición de asignar nombres a los recién nacidos, que atenten contra la dignidad y se otorga al oficial del estado civil la facultad de negar la inscripción cuando el nombre muestre contrariedad a la moral y buenas costumbres.
Estos nombres también deberán estar claramente identificados como masculinos o femeninos, pues no podrán "crear confusión en cuanto a la identificación del sexo de la persona".
Al respecto, el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) propuso la creación de un registro administrativo de nombres improcedentes o no admitidos fundamentado en criterios previamente establecidos por la normativa, "con el propósito de prevenir la repetición de denominaciones las cuales hayan resultado lesivas al interés superior del menor".