El Ministerio Público no presentó acto conclusivo de la investigación en el caso de corrupción administrativa denominado Calamar.
Ahora corresponde a la jueza Franchesca Potentini, del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, en su condición de juez control intimar a los fiscales para que en un plazo de 10 días cumplan con ese trámite.
“Vencido el plazo de la investigación, si el Ministerio Público no acusa, no dispone el archivo ni presenta otro requerimiento conclusivo, el juez, de oficio o a solicitud de parte, intima al superior inmediato y notifica a la víctima, para que formulen su requerimiento en el plazo común de diez días.
Si ninguno de ellos presenta requerimiento alguno, el juez declara extinguida la acción penal”, precisa el Código Procesal Penal en su artículo 151.
Vencido el plazo de requerimiento hecho por la jueza y no presenta ningún requerimiento será declarada extinguida la acción penal.
El Ministerio Público dejó vencer el plazo que tenía hasta este lunes al cumplirse este 18 de marzo un año de la imposición de la medida de coerción a los imputados para presentar acusación ante el Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.
El denominado caso Calamar fue declarado complejo y los inculpados guardaron prisión preventiva y domiciliaria.
A los exministros José Peralta, Donald Guerrero y Gonzalo Castillo se les señala, junto a otros imputados, de supuestamente estafar al Estado con más de 19,000 millones de pesos a través de pagos irregulares por terrenos declarados de utilidad pública y por alegadamente sobornar a empresarios de la construcción para que financiaran la campaña del 2020.
A Gonzalo Castillo y a otros imputados se les dictó arresto domiciliario, como medida de coerción, mientras que a Peralta y a Guerrero se envió a prisión por un año en la cárcel de Najayo Hombres, pero seis meses después se les varió la media por presentación periódica y garantía económica.