Santo Domingo.-El Proyecto de Ley de Modernización Fiscal grabará los solares urbanos baldíos, aquellos pertenecientes a personas físicas, incluyendo el valor conjunto de las mejoras y de los solares donde estén edificadas, según establece la iniciativa en el artículo 29.
De acuerdo al apartado b, del citado artículo, el patrimonio que paga el impuesto será “el compuesto por solares urbanos no edificados y aquellos inmuebles no destinados a viviendas, incluyéndose como tales los destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales”. El gravamen incluye además del solar o mejoras sin edificaciones, la vivienda que se haya construido.
“Las personas físicas pagarán anualmente este impuesto sobre el valor total de su patrimonio inmobiliario, por las sumas que resulten de aplicar 1 por ciento sobre el excedente RD$5,025,380.76.
Dicho monto será determinado sobre el valor que a tal efecto establezca la Dirección General de Catastro.