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Tribunal Constitucional establece reglas para ventilar conflictos por servicios en condominios


El Tribunal Constitucional estableció un nuevo criterio que regirá en el conocimiento de conflictos suscitados por el atraso en el pago de cuotas por mantenimientos y servicios básicos en los condominios. 

 Mediante sentencia TC/0512/25, la Alta Corte varió la posición que había mantenido para ventilar los casos donde un condómino no está de acuerdo con el cobro de una cuota de mantenimiento y la administración le suspende el suministro de algún servicio básico a su vivienda por esa causa. 

 El TC se aparta del criterio previo que consideraba el amparo como la vía idónea y efectiva para procurar la restitución de servicios básicos esenciales en las viviendas, cuando la discusión tenga como origen el pago de cuotas ordinarias o extraordinarias de mantenimiento. “En su lugar, en lo adelante se juzgará que, en casos como el presente, donde un condómino no está de acuerdo con el cobro de una cuota de mantenimiento y la administración del condominio suspende el suministro de algún servicio básico a su vivienda, la vía adecuada para comprobar la legalidad de dicha suspensión es ante la Jurisdicción Inmobiliaria”. 

 Especifica que compete de ahora en adelante al el juez de los referimientos del Tribunal de Jurisdicción Original, el conocimiento “de toda medida urgente” que se deba tomar respecto del inmueble.

Presentan reglamento general sobre 'Mecanismos no adversariales de resolución de conflictos'


El Poder Judicial y el Gobierno de los Estados Unidos a través de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), dieron a conocer el reglamento general sobre Mecanismos no adversariales de resolución de conflictos en la República Dominicana y la guía para derivación de casos judiciales. 

 El reglamento tiene como objetivo establecer las normas mínimas para la implementación y utilización de la mediación, la conciliación y otros mecanismos de resolución de conflictos por jueces, juezas, usuarios y profesionales intervinientes en los distintos tribunales que conforman el ámbito judicial en la República Dominicana. 

 Durante la presentación del reglamento, el presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Henry Molina, sostuvo que fomentar formas alternas de resolución de conflictos sin llegar al litigio constituye un paso decisivo en la búsqueda de una justicia eficiente, inclusiva y confiable que hará que el país avance hacia un modelo de 0% mora judicial y 100% acceso a la justicia.

Pro Consumidor resuelve 1,500 conflictos inmobiliarios; devuelven RD$800 MM


Santo Domingo, 15 de octubre del 2023.-El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, Pro Consumidor, ha anunciado un impresionante logro al resolver alrededor de 1,500 conflictos surgidos entre inmobiliarias y consumidores, facilitado la devolución de más de 800 millones de pesos mediante procesos de conciliación, beneficiando a aquellos que realizaron reclamos relacionados con la adquisición de viviendas.

 En un comunicado el director ejecutivo de Pro Consumidor, Eddy Alcántara, destacó el compromiso de la institución para abordar de manera oportuna todas las reclamaciones y denuncias presentadas por consumidores que experimentaron vulneraciones de sus derechos al comprar propiedades. 

 Alcántara detalló que Pro Consumidor ha adoptado un enfoque proactivo en relación con los contratos de adhesión y la indexación establecida en los mismos. Este enfoque busca garantizar la protección de los consumidores frente a los conflictos comunes en transacciones inmobiliarias.

SCJ insta a usar mecanismos no adversariales

El Poder Judicial informó que a través del Reglamento General sobre Mecanismos No Adversariales de Conflictos, se conocieron 3,948 casos durante el año 2022.  Este reglamento reconoce las materias en las que las controversias pueden ser resueltas como la materia laboral, civil, comercial y de familia, inmobiliaria, penal, contenciosa administrativa y tributaria, que impactan de manera significativa en la paz social y armonía de la convivencia comunitaria. 

 En ese sentido, el magistrado Samuel Arias Arzeno, juez de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), instó a utilizar esos mecanismos que tienen como objetivo principal lograr la paz social, colocar a las partes en la solución de controversias, así como facilitar el acceso a la justicia de toda la población.

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