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Empresario de la construcción califica de «improcedente» fallo emitido en su contra por el Tribunal de Trabajo


SANTO DOMINGO.- El ingeniero Leonel Simo cuestionó ayer el fallo emitido por la Segunda Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, que condenó a Constructora SimoPérez SRL al pago de prestaciones laborales a favor de uno de sus subcontratistas. 

 El empresario calificó como improcedente la resolución dictada el 21 de noviembre del presente año, tras considerar que el tribunal no tomó en cuenta contratos notarizados y documentos que según afirmó demostraban que el trabajador no tenía vínculo laboral directo con su empresa. “Estos contratistas formalizaron a través de escrito notarizado sus contratos”, dijo. 

 Aseguró en una entrevista para El Inmobiliario, que las decisiones fueron emitidas “a favor de trabajadores de contratistas y en contra nuestro solamente, el caso correspondía a un contrato por obra determinada y no a una relación laboral indefinida”. 

 El beneficiario de la sentencia es Elius Dorcilus, quien interpuso el recurso de apelación que dio lugar al proceso y a quien la corte reconoció derechos laborales que, según el empresario, no correspondían por tratarse de un trabajador subcontratado. 

Ministerio de Trabajo ordena paralización de torre en construcción en Piantini

El Ministerio de Trabajo dispuso la paralización inmediata de las labores de construcción en una torre ubicada en el sector Piantini tras identificar graves irregularidades en los procesos de construcción que representaban un riesgo significativo para la vida y seguridad de los trabajadores.

 Esta decisión se produce luego de un lamentable accidente en el que perdió la vida un trabajador de nacionalidad haitiana. Una exhaustiva inspección técnica, encabezada por el director de Coordinación de Inspectoría de Trabajo del Ministerio, Juan Ramón Ventura, confirmó que la constructora involucrada incumplió importantes regulaciones legales. Entre ellas, el artículo 436 del Código de Trabajo, el artículo 13 del Reglamento 522-06, y el artículo 13 del Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 

Estas normativas son esenciales para garantizar condiciones laborales seguras y dignas. Ventura, destacó que esta medida tiene como objetivo principal reafirmar el compromiso del Ministerio de Trabajo con la protección de los derechos y la seguridad de la clase trabajadora. 

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