Gaceta Guia Inmobiliaria: Arbitrajes internacionales en República Dominicana: Cuándo, por qué y sus resultados

Arbitrajes internacionales en República Dominicana: Cuándo, por qué y sus resultados


Las disputas, ya sea entre individuos, empresas o Gobiernos, se vuelven aún más complicadas cuando cruzan fronteras nacionales. Sin embargo, es en ese contexto donde alternativas como el arbitraje internacional sobresale como respuesta o solución al conflicto. 

 Se trata de un proceso en el que las partes en una confrontación legal acuerdan que una persona neutral, tribunal o un panel imparcial llegue a una decisión vinculante que resuelva el “problema” con base en normas, reglas y derecho internacional, previamente acordados. 

 Si bien no es una figura que ha ganado terreno en República Dominicana, no significa que esté exenta de esta herramienta o medida. De hecho, cobra aún más relevancia tomando en cuenta que, de acuerdo con el presidente Luis Abinader, se estima que la nación llegará a los US$4,400 millones en inversión extranjera directa (IED) en 2023. 

 La captación de inversión extranjera, cuando las cosas no salen del todo bien, expone al país a este tipo de casos. Sucede cuando las reglas del juego no son claras o el inversionista siente que sus derechos han sido vulnerados. Hasta la fecha, la media isla ha sido sometida a arbitrajes en al menos una docena de veces. Aun así, para el abogado Jaime Senior, la cantidad de casos que presenta República Dominicana de arbitraje internacional es relativamente moderada y manejable. 

“La verdad, y realmente, el hecho de que inversionistas extranjeros tengan acceso a recursos como el arbitraje internacional es algo positivo”, dijo, a lo que añadió que “les da seguridad”. Lo anterior en vista de que se trata de uno de los países con mayor flujo de inversión extranjera en Latinoamérica, en Centroamérica y el Caribe. “Si tiene esa posibilidad, es algo que yo veo positivo”, sostuvo.

 ¿Cuándo y por qué República Dominicana ha ido a arbitraje internacional? En dos décadas, los casos de arbitraje han impactado al país con pérdidas (erogaciones) que suman unos US$295.2 millones, mientras que los casos pendientes podrían implicar hasta US$309.8 millones, en sectores como el turístico, energía o minas, tres de las industrias con más capital extranjero. 

 Casos internacionales 

El primer caso de arbitraje internacional al que fue sometida República Dominicana data de 2007. En aquel año, el Grupo TCW, una corporación estadounidense de gestión de inversiones que era propietaria conjunta con el Gobierno de una de las tres empresas de distribución de electricidad de la República Dominicana (EDE), afirmó que el Estado violó el acuerdo de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República (DR-Cafta) al no aumentar las tarifas eléctricas y no prevenir el robo de electricidad por parte de los residentes pobres.

 Ese mismo año se presentó el segundo caso, cuando la multinacional francesa Société Générale (SG), propietaria del Grupo TCW, presentó una demanda paralela. De acuerdo con la plataforma de Arbitraje de Disputas Inversionista-Estado (ADIE), en un inicio el monto demandado fue US$500 millones, sin embargo, el gobierno pagó a las empresas extranjeras US$26.5 millones para que abandonaran los casos, argumentando que era más barato que seguir pagando honorarios legales. En total, sumado a la readquisición de las acciones de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste) el Gobierno asumió deudas por US$180.7 millones correspondientes a la empresa TCW, lo que implicó un sacrificio financiero para el Estado equivalente a US$207.2 millones.

 Al cabo de un año (2008) se presentó una nueva reclamación, denominada “Concesionaria Dominicana de Autopistas contra República Dominicana” en la que el país tuvo que pagar aproximadamente US$45 millones por incumplimiento de contrato. La Concesionaria Dominicana de Autopistas y Carreteras (Codacsa) tenía derecho a cobrar peajes a cambio de financiamiento y trabajos de construcción, pero según Codacsa, el Gobierno incumplió el contrato al no proporcionar las garantías bancarias requeridas. Unos seis años después, en 2014, la empresa Corona Materials LLC elevó un reclamo ante el mecanismo de arbitraje de inversión establecido en el DR-Cafta tras la negativa del Gobierno de otorgar un permiso ambiental al demandante que impidió a la compañía construir y operar una mina de agregados de construcción en República Dominicana, a pesar de supuestamente haber recibido garantías y aprobaciones formales previas de altos funcionarios del Gobierno. En ese sentido, Senior señala que una problemática que podría ser recurrente en estos casos es que se invierte en un sector con una expectativa, con una regla, y tras un cambio de gestión, ministro o director, varían las reglas. 

 “Eso tiene un efecto sobre el proyecto que se está realizando. Creo que ha sido un comentario que se extiende en toda la comunidad empresarial y no solo el tema de inversión extranjera, de que tengamos mayor transparencia y trazabilidad en las reglas para poder estar seguros de cómo se está realizando la inversión”, dijo. 

Fue la primera vez que el país obtuvo a su favor un arbitraje internacional de inversión DR-Cafta por un monto reclamado de US$100 millones en contra del Estado dominicano, en 2016. La segunda ocasión fue el caso “Ballantine contra República Dominicana”, que inició en 2014 de acuerdo con datos de la División de la Inversión y la Empresa de la Unctad, y se extendió hasta el 2019. Un tribunal estadounidense rechazó la demanda Michael Ballantine y Lisa Ballantine, que pedían una indemnización de US$41.5 millones por, entre otros motivos, expropiación indirecta. Datos oficiales de la época detallan que, en 2014, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales rechazó el proyecto de expansión de la familia Ballantine, poseedores de los residenciales “Jamaca de Dios” y “Aroma de la Montaña” en el Parque Nacional Baiguate. 

 Entre 2010 y 2013, los inversores comenzaron con los procedimientos necesarios para expandir su actividad pidiendo los permisos para ello. Sin embargo, bajo la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, el ministerio dominicano rechazó los proyectos debido al impacto ambiental que tendría lugar en la zona.  Un nuevo caso se presentó en ese lapso. En septiembre de 2016, Silverton Finance, compañía de inversión inmobiliaria establecida en Panamá, con propiedades en La Romana, inició una serie de procedimientos cuando una propiedad vecina comenzó obras que supuestamente eran contrarias a la legislación local y obtuvo una sentencia a favor de suspender la licencia de construcción que se le había otorgado. No obstante, fue demasiado tarde pues las obras ya estaban finalizadas. De acuerdo con el laudo final, la empresa, tras retirar su reclamación, fue condenada a asumir la totalidad de los costos y gastos legales en el arbitraje bajo reglas Uncitral que mantenía con la República Dominicana (US$407,596.83). Además, Silverton renunció a cualquier reclamación posterior sin posibilidad de relitigar el asunto.

 En 2018 se presentó un nuevo caso, cuando la empresa de origen español Recalvi llevó a arbitraje al país por el incumplimiento de un contrato para el arrendamiento de 150 autobuses que habían ganado en 2011 y que no fue ejecutado con la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA). El monto solicitado fue de US$14 millones. Tres años después, en 2021, un tribunal arbitral emitió un laudo acogiendo las objeciones presentadas por el Estado dominicano y señalando un abuso de procedimiento por parte de Recalvi, según un comunicado publicado por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes. La española tuvo que pagar US$789,633.70 a favor de la demandada por gastos de procedimiento, incluyendo los incurridos por República Dominicana para su defensa y los honorarios de los árbitros. Acerca del tiempo de resolución de los casos de arbitraje, Senior detalla que pueden durar dos o tres años, extendiéndose hasta cinco o 10 años. “En los últimos años, probablemente, le han subido doce a veinticuatro meses por el tema de la pandemia”, añadió. 

 En diciembre de 2017 se presentó un nuevo caso, cuando el propietario de la empresa jamaicana Lajún, Michael Lee-Chin, notificó al Gobierno dominicano su intención de recurrir al arbitraje para recuperar las pérdidas tras la terminación unilateral del contrato de concesión sobre el vertedero Duquesa por supuestos incumplimientos de sus obligaciones. No obstante, fue en 2018 cuando se notificó formalmente. El laudo final fue presentado en 2023, cuando el tribunal del arbitraje de inversiones condenó al Estado al pago de más de US$43 millones. 

Lee-Chin reclamaba más de US$600 millones en pérdidas consecuencia de la expropiación de sus inversiones en el vertedero. Para el 2019 se estaba presentando un nuevo reclamo, esta vez titulado “Azucarera del Guadalfeo y Martín contra República Dominicana”. Las reclamaciones surgieron tras la presunta adquisición ilegal por parte del Consejo Estatal del Azúcar (CEA) de instalaciones de producción de azúcar operadas por la filial local (Azucarera Porvenir) de los demandantes sobre la base de un contrato de arrendamiento con la organización estatal. Como resultado, un tribunal de arbitraje de la República Dominicana condenó al Estado dominicano a pagar una indemnización de un millón de dólares por daños y perjuicios a la empresa española Azucarera Porvenir, al haber incumplido un contrato de arrendamiento suscrito en septiembre de 2010 con esta compañía.

 Pendientes 

Algunos casos aún se conocen en la Corte Permanente de Arbitraje (CPA) y el Centro Internacional de Arreglo de Disputas Relativas a Inversiones (CIADI). Está “Webuild SpA (anteriormente Salini Impregilo) contra República Dominicana”, donde la empresa de origen italiano busca una compensación por más de US$28.80 millones. No se ofrecen más detalles em torno a la causa. Otro expediente que está pendiente de decisión es el conocido como Yves Martine Garnier contra República Dominicana. 

Este procedimiento comenzó en 2021, de conformidad con el artículo 7 del Acuerdo entre el Gobierno de la República Francesa y el Gobierno de la República Dominicana sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones. La información disponible se limita a detallar que se debe a actividades de recogida, tratamiento y eliminación de residuos, así como la recuperación de materiales. Los demandantes buscan una concesión de US$224 millones por daños y perjuicios, según datos oficiales. 

 Así también está pendiente “EnviroGold contra República Dominicana”, registrado en 2020. De acuerdo con la Iniciativa para la Transparencia en las Industrias Extractivas de República Dominicana (EITI-RD), el Estado realizó una licitación internacional para la explotación de una Presa de Cola, siendo la adjudicataria la empresa Las Lagunas Limited, filial de la empresa australiana EnviroGold Limited. El plazo de vigencia del contrato era de once años y seis meses, el cual podría ser extendido por un período adicional de dos años y, a su vez, renovable por un período similar de dos años, por mutuo acuerdo. En 2019 culminó el tiempo de operaciones industriales de EnviroGold Las Lagunas. Vencido ese lapso, inició el proceso de cierre del proyecto con una duración de 12 meses. En el mismo año se agotó la fase de negociación establecida en el contrato entre el Estado dominicano y EnviroGold Las Lagunas, no habiendo podido arribar a un acuerdo ante las disputas presentadas por ambas partes. “Lo anterior conllevó a que la sociedad comercial interpusiera un arbitraje de inversiones contra República Dominicana en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) en fecha 2 de abril del 2020”, señala el comunicado. 

 El más reciente en ser presentado es el caso “Sargeant Petroleum contra República Dominicana” ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). La empresa Sargeant Petroleum firmó un contrato de “Servicios de Transporte, Manejo y Almacenaje de Materiales Asfálticos”, con vigencia de ocho años, con República Dominicana en 2003, que se mantuvo vigente hasta 2013 a través de sucesivas adendas. La empresa acusa al país de adoptar una serie de medidas destinadas a expulsarla del mercado dominicano del asfalto y reclama en el arbitraje de inversiones, presentado en mayo de 2022, más de US$57 millones por daños y perjuicios a sus inversiones. 

 Impacto a la imagen del país 

Para el abogado, al final del día, República Dominicana se considera como un país bastante seguro de invertir y cuenta con mecanismos como el arbitraje, en caso de que ocurra algún evento o alguna determinación administrativa que realmente sea adversa al inversionista y que no esté fundamentado en ley. “El hecho de que nosotros no seamos un país que es de manera reincidente, condenado o pierde en los arbitrajes internacionales también es muestra de que hay una conducta positiva”, dijo. En ese sentido, Senior resalta que la mayoría de los casos tienen que ver con alguna variante cambió las reglas. Recomienda que las reglas sean claras y consistentes en el tiempo. “Es importante para asegurar o minimizar la posibilidad de que pueda ocurrir un reclamo posterior respecto a eso mismo”, concluyó.

 Tipos de arbitraje Arbitraje 

interestatal: En el arbitraje interestatal, las naciones, representadas por sus Gobiernos, resuelven sus disputas mediante el arbitraje. A pesar de su poder potencial como medio para resolver conflictos internacionales, el arbitraje interestatal se utiliza poco.

 Arbitraje inversor-Estado: El arbitraje entre inversor y Estado es una herramienta de rápido crecimiento para resolver disputas entre naciones e inversores privados extranjeros, como ciudadanos o empresas extranjeras. El arbitraje entre inversionistas y Estados surgió en la segunda mitad del siglo XX a través de negociaciones entre naciones sobre tratados de inversión bilaterales y multilaterales. En estos tratados, las territorios se comprometen sobre cómo tratarán a los inversores y a las inversiones de otros estados y acuerdan mecanismos de aplicación, en particular el arbitraje de disputas con inversores extranjeros. 

 Arbitraje comercial internacional: El arbitraje comercial internacional, la forma más común de arbitraje internacional, ocurre entre partes con sede en diferentes países. La mayoría de los casos de arbitraje comercial involucran disputas contractuales entre corporaciones. Las empresas de diferentes países generalmente prefieren arbitrar sus disputas en lugar de resolverlas en los tribunales de una parte u otra. Esto se debe a que creen que es probable que un tribunal internacional sea más independiente de los prejuicios nacionales y tenga más conocimientos sobre las prácticas comerciales internacionales que un tribunal nacional ordinario. Como resultado, la mayoría de los contratos entre corporaciones de diferentes países contienen una cláusula de resolución de disputas que especifica que cualquier disputa que surja bajo el contrato se manejará mediante arbitraje en lugar de litigio.

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