El Senado de la República aprobó este jueves, en segunda discusión, un proyecto de ley orgánica que busca crear y adicionar a la lista de instituciones gubernamentales el nuevo Ministerio de Justicia. La pieza, depositada por los senadores Félix Bautista y Cristóbal Castillo, propone entregar a lo que sería una nueva entidad del Poder Ejecutivo las atribuciones de la coordinación y dirección del Sistema Nacional de Derechos Humanos, junto al Sistema Penitenciario y Correccional.
Este proyecto de ley pasa al estudio y conocimiento de la Cámara de Diputados, donde debe ser favorecida en dos discusiones, antes de ser promulgado por la consultoría jurídica de la Presidencia.
La figura del Ministerio de Justicia formó parte de la estructura estatal durante los primeros 120 años de la República, desde la proclamación de la primera Constitución el 6 noviembre de 1844. Sin embargo, el 10 de noviembre de 1964 fue suprimido, en ese momento identificado como Secretaría de Justicia, transfiriendo sus funciones a la Procuraduría General de la República (PGR).
Pero, para los congresistas redactores del documento legislativo, “cada vez más se manifiesta la necesidad institucional” de delimitar las atribuciones de persecución criminal que le caracterizan al Ministerio Público, separándolo de asignaciones “meramente funcionales y administrativas”.
Por lo que, con esta propuesta, el Ministerio de Justicia podría asumir la gestión del esquema penitenciario nacional, el auxilio científico forense a los tribunales y órganos de investigación, el registro y la certificación de documentos oficiales y notariales.
Así como también la prestación de ciertos servicios a la ciudadanía y asociaciones sin fines de lucro, funciones “todas que deberían concernir más bien a un órgano creado para tales fines, dentro de la estructura de la Administración Público Central”. Esto dejaría en manos del titular de Justicia la gestión de las cárceles y centros correccionales situados en el territorio nacional, a través de una dirección general dependiente.
Viceministerios y direcciones
El Ministerio de Justicia sería agregado a la lista de órganos constitucionales, legales y procesales que conforman el Poder Judicial del país. Dentro de los que se encuentran el Concejo Nacional de la Magistratura (CNM), el Concejo del Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Tribunal Constitucional (TC), Tribunal Superior Electoral (TSE), entre otras jurisdicciones.
Los senadores visualizaron la integración de cinco viceministros para garantizar el funcionamiento institucional. Estos son el Viceministerio de Atención y Colaboración al Sistema de Justicia, de Representación Judicial y Extrajudicial, de Políticas Penitenciarias y Correccionales, al igual que de Asuntos Registrales y Servicios a la Ciudadanía.
Por otro lado, establece que el incumbente de este ministerio tendría que cumplir con los siguientes requisitos: Ser dominicano, estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, haber cumplido 25 años de edad, ser licenciado o doctor en derecho y demostrar un alto nivel de conocimiento sobre las ciencias jurídicas.
“El ministro de Justicia no (podría) desempeñar ninguna otra función pública o privada, salvo la actividad docente y la investigación académica”, indica el segundo párrafo del artículo 11.
Debate
Aunque el proyecto de ley es una fusión de dos redacciones diferentes realizadas por los representantes Cristóbal Castillo y Félix Bautista, la cámara alta decidió acoger diversas modificaciones sugeridas por el senador Rogelio Genao, quien consideró necesario readecuar algunos artículos, sin afectar la base del texto.
No obstante, el presidente de la comisión de Justicia, senador Antonio Taveras, le solicito al presidente del Senado, Ricardo de los Santos, enviar nuevamente la pieza legislativa a la mesa de trabajo para estudiar las variaciones propuestas.
Pero esta petición no fue acogida, resultando la iniciativa con el voto favorable de los 22 senadores presentes, exceptuando Taveras.
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