SANTO DOMINGO.- El artículo 20 del anteproyecto de ley que “regula la intermediación inmobiliaria”, en el país y que actualmente es objeto de estudio por la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, plantea un conjunto de prohibiciones para los agentes inmobiliarios.
De llegar aprobarse la pieza legislativa, dichas medidas entrarían en vigencia.
“Sin perjuicio de las prohibiciones que emanan de otras disposiciones de esta ley, los Intermediarios Inmobiliarios no podrán”, cita el artículo, que de inmediato enumera las 13 acciones.
La primera es no realizar actividades fuera de aquellas autorizadas expresamente por la presente ley, y contrarias a su objeto social.
“Realizar las actividades autorizadas sin tener la evidencia fehaciente de la calidad de propietario de los inmuebles de que se trata, mediante la verificación de la correspondiente certificación de estatus jurídico del inmueble emitido a nombre del cliente que dice ostentar dicha calidad”, es el segundo punto.