Nuevo Código Penal castigará estafas piramidales con hasta 10 años de prisión


Santo Domingo. Con la aprobación del nuevo Código Penal esta semana en el Congreso Nacional, República Dominicana establece por primera vez sanciones específicas y severas contra las estafas piramidales, una modalidad de fraude que ha afectado a miles de ciudadanos en los últimos años. 

 De acuerdo con el artículo 253 del nuevo texto legal, se considerará estafa piramidal toda operación fraudulenta que simule ser un negocio legítimo, cuando en realidad busca reclutar personas a cambio de promesas falsas de retorno financiero, sin que exista un negocio real de bienes, servicios o inversiones que respalde esos pagos.

 Quienes cometan este delito enfrentarán penas de cinco a diez años de prisión mayor y multas de una a veinte veces el monto estafado. Antes: estafa genérica, penas mínimas Hasta ahora, las estafas piramidales eran procesadas como una estafa común bajo el artículo 405 del viejo Código Penal, que establecía penas de apenas 6 meses a 2 años de prisión correccional y multas simbólicas de RD$20 a RD$200, sin hacer ninguna diferenciación entre un engaño individual y un esquema fraudulento de gran escala como los piramidales. Esto dificultaba que la justicia pudiera aplicar sanciones proporcionales al daño económico y social causado por este tipo de delitos.

 Sanción para cómplices y promotores 

 El nuevo Código también penaliza a quienes colaboren en estos fraudes como promotores, corredores o reclutadores. Estas personas serán consideradas cómplices y sancionadas con penas de tres a cinco años de prisión menor, además de multas de cincuenta a quinientos salarios mínimos del sector público.

 Estafa colectiva e intermediación financiera ilegal

 El nuevo marco legal también incorpora otras figuras relacionadas: Estafa colectiva: Dirigida a quienes soliciten dinero al público en nombre propio o de una entidad para fines falsos (como colectas o inversiones ficticias). 

Se sanciona con cinco a diez años de prisión mayor y multas de diez a veinte salarios mínimos. Intermediación financiera no autorizada: Quien capte fondos del público sin autorización legal enfrentará de cinco a diez años de prisión mayor y multas de quinientos a mil salarios mínimos.

 Una respuesta a los casos recientes 

 Estas reformas legales responden, entre otras razones, al impacto que han tenido casos como el de Wilkin García Peguero, alias “Mantequilla”, o Jairo González, señalados por manejar esquemas piramidales que colapsaron dejando a cientos de personas sin sus ahorros. 

 Con este nuevo Código Penal, el Estado dominicano busca enviar un mensaje claro: los fraudes financieros, especialmente aquellos que afectan a comunidades enteras, no quedarán impunes.

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