La Presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional apartó a la jueza Clara Luz Almonte del conocimiento del juicio de fondo en contra de los empresarios Antonio y Maribel Espaillat.
Los imputados enfrentan cargos por homicidio involuntario tras el colapso del techo de la discoteca Jet Set, una tragedia que cobró la vida de 236 personas y dejó más de 180 heridos en abril de 2025.
La magistrada Ingrid Fernández, presidenta de la Cámara Penal, tomó la decisión al acoger la inhibición voluntaria presentada por la jueza de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.
La Presidencia de la Cámara Penal determinó que el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente e imparcial constituye una garantía fundamental del debido proceso.
Al reconocerse la existencia de este nexo afectivo, se hacía imperativo acoger la inhibición para salvaguardar la confianza objetiva que debe imperar en la administración de justicia.
Ante esto, la jueza Fernández ordenó el retiro inmediato del expediente de la Segunda Sala Penal y dispuso su remisión a la secretaría correspondiente para que sea reasignado mediante un sorteo aleatorio computarizado entre los demás tribunales unipersonales del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.
Almonte Gómez expuso razones profundamente personales que le impiden juzgar el caso con la objetividad e imparcialidad requeridas, señalando que entre las personas fallecidas en el siniestro se encontraba su entrañable amiga, Margarita Herminia Robles Reyes, identificada como la víctima número 49 en la acusación formal.
El tribunal había sido apoderado formalmente del caso el pasado 19 de junio de 2026.
Sin embargo, la magistrada fundamentó su inhibición en el artículo 80, numeral 8, del Código Procesal Penal Dominicano, el cual faculta a los jueces a apartarse cuando exista una amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia de trato con alguna de las partes afectadas.
En el documento oficial, fechado el 26 de junio de 2026, la jueza Almonte Gómez sostuvo el peso emocional que este juicio
Imputados y terceros civilmente demandados
El proceso penal se sigue directamente contra Antonio y Maribel Espaillat, acusados de presunta violación a los artículos 319 y 320 del Código Penal dominicano, los cuales tipifican el homicidio involuntario, así como golpes y heridas causados por torpeza, imprudencia o negligencia.
De igual manera, figuran en calidad de terceros civilmente demandados las personas físicas y razones sociales inversiones E y L S.R.L, Radiocadena Comercial S.R.L. (RCC Media), Difusora Hemisferio S.R.L, Inversiones CCEP-2 S.A, Evelyn Espaillat y Ana Grecia López .




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