La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió el pasado miércoles una resolución número que responde a los multiplicadores y ajustes para el cierre fiscal del 2025 y otros del ejercicio fiscal 2026, a fin de mostrar los topes exentos y tasas que regirán el cobro de impuestos de este año, según la inflación.
Según la resolución DDG-AR1-2026-00001, el valor máximo para la calificación de Viviendas de Bajo Costo y el valor exento del impuesto a la transferencia para los adquirientes con préstamos hipotecarios será de RD$5,450,851.12 en vez de RD$5,193,655.47 para este 2026, representando un aumento de RD$257,195.65.
La razón de esta modificación responde al “ajuste por inflación del valor máximo para la calificación de Viviendas de Bajo Costo y del valor exento del impuesto a la transferencia para los adquirientes de primera vivienda a través de fideicomisos de vivienda de bajo costo”.
Este tipo de vivienda se refiere a soluciones habitacionales con precios asequibles para familias de ingresos medios y bajos, reguladas por el gobierno con topes de precio anuales que se ajustan por la inflación y se acompañan de incentivos fiscales, planes y bonos que compensan el Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) y financiamiento preferencial.
Es importante señalar que los planes que acompañan este tipo de proyectos, Mi Vivienda o Familia Feliz, no especifican los ingresos exactos que una familia debe tener, pero recomiendan de hasta RD$102,628 al mes.
El monto exento del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) destinado a viviendas y solares no edificados pertenecientes a personas físicas es ajustado a RD$10,695,494 en vez de RD$10,190,833 en relación al año 2025, representando un aumento de RD$504,661.
Otros ajustes
Las exenciones contributivas para personas físicas durante el año mantendrán una tasa exenta en las rentas de hasta RD$416,220 y para el Régimen Simplificado de Tributación (RST), impuesto que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los ciudadanos, el monto máximo de ingresos para acogerse o permanecer será de RD$12,068,181.09, reflejando un ajuste por inflación de RD$569,430.99 en relación al año fiscal 2025.
El RST por compras será de RD$55,485,890.09 en vez de RD$52,867,816.54, un incremento de RD$2,618,073.55.
A los contribuyentes del Impuesto sobre las Bancas de Lotería y Apuestas Deportivas, los montos aplicables para el pago único de dicho impuesto entre febrero 2026 a enero 2027 son de RD$65,242 (antes RD$62,163); para las bancas de loterías, RD$419,410 (antes RD$399,621); para las bancas deportivas en áreas metropolitanas y, para las bancas deportivas de otros puntos geográficos, será de RD$279,607 (antes RD$266,414).
El monto a aplicar para el pago mensual por el impuesto sobre casinos de juegos para aquellos que tengan menos de 15 mesas será de RD$60,582; entre 16 y 35 mesas, de RD$69,902; y más de 36 mesas, de RD$93,202.
El tributo para las máquinas tragamonedas responde según la zona y en Santo Domingo es de RD$15,981, en Santiago de RD$13,584 y en las demás zonas de RD$11,530.
Impuesto al alcohol y precios de transferencia
El ajuste de inflación también afecta al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), donde el monto mínimo de la fianza a pagar para los importadores es de RD$11,637,976.60 y los fabricantes, productores e importadores de RD$72,737,353.60.
Para los precios de transferencia, el monto ajustado que regirá el 2026 corresponde a la suma de RD$16,025,436 para aquellos contribuyentes cuyas operaciones de vínculos cercanos pequeña no superen en conjunto el valor antes mencionado.




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